Los migrantes podrán acceder a los servicios educativos
provistos por los sectores público y privado, independientemente de su
situación migratoria y conforme a las disposiciones legales y reglamentarias
aplicables.
Los migrantes tendrán derecho a recibir cualquier tipo de
atención médica, provista por los sectores
público y privado, independientemente de su situación migratoria, conforme a
las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
Los migrantes independientemente de su situación migratoria,
tendrán derecho a recibir de manera gratuita y sin restricción alguna,
cualquier tipo de atención médica urgente que resulte necesaria para preservar
su vida. En la prestación de servicios educativos y médicos, ningún acto
administrativo establecerá restricciones al extranjero, mayores a las
establecidas de manera general para los mexicanos.
El Estado mexicano garantizará a los migrantes que pretendan
ingresar de forma regular al país o que residan en territorio nacional con
situación migratoria regular, así como a aquéllos que pretendan regularizar su
situación migratoria en el país, el derecho a la preservación de la unidad
familiar.
Los migrantes deberán cumplir con las siguientes
obligaciones:
I. Cuando se trate de extranjeros con, situación migratoria
regular, resguardar y custodiar la documentación que acredite su identidad y su
situación.
II. Mostrar la documentación que acredite su identidad o su
situación migratoria regular, cuando les sea requerida por las autoridades
migratorias;
Proporcionar la información y datos personales que les sean
solicitados por las autoridades competentes.
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